Banca de Desarrollo




¿Qué es?
De conformidad con la LIC, el servicio de banca y crédito, sólo podrá prestarse por las Instituciones de Banca Múltiple que acabamos de exponer y por las Instituciones de Banca de Desarrollo que estudiaremos ahora.

En efecto, y de acuerdo con el artículo 47 de la LIC, las Instituciones de Banca de Desarrollo, que a continuación expondremos, además de las señaladas en el artículo 46 de esta Ley, realizarán las operaciones necesarias para la adecuada atención del sector de la economía nacional y objetivos que les sean propios, conforme lo determinen sus Leyes Orgánicas.

En dicha Ley también se señala que Instituciones de Banca de Desarrollo atenderán las actividades productivas que el Congreso de la Unión determine como especialidad de cada una de ellas, en sus respectivas Leyes Orgánicas.

Estas Instituciones son entidades de la Administración Pública Federal, creadas por Decreto Presidencial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de Sociedades Nacionales de Crédito, en los términos de sus correspondientes Leyes Orgánicas y de la propia Ley de Instituciones de Crédito.

¿Qué hacen?
Los Bancos de Desarrollo son propiedad del Estado y tienen el objetivo fundamental de facilitar el acceso al crédito y a los servicios financieros a personas físicas o morales, así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación, a fin de fomentar actividades de interés prioritario para el Estado, de acuerdo a la especialidad de cada una de ellas establecida en sus respectivas Leyes Orgánicas.

Instituciones que pertenecen a la Banca de Desarrollo son:
·         Nacional Financiera (NAFIN).
·         Financiera Rural.
·         Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (BANJERCITO).
·         Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (BANOBRAS).
·         Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (BANSEFI).
·         Banco Nacional de Comercio Exterior (BANCOMEXT).
·         Sociedad Hipotecaria Federal (SHF).

Principalmente, se dedican a:
·         Desarrollar sectores productivos específicos.
·         Atender y solucionar problemas de financiamientos regionales o municipales.
·         Fomentar algunas actividades de exportación.
·         Crear nuevas empresas.
·         Apoyar a la pequeña y mediana empresa.
·         Impulsar los mercados de crédito a la vivienda.
·         Desarrollar programas de fomento especiales.

Sectores de la Banca de Desarrollo.
·         Comercio Exterior: Banco Nacional de Comercio Exterior (BANCOMEXT).
·         Agrícola: Financiera Nacional de Desarrollo (FND).
·         Industrial e Infraestructura: Nacional Financiera (NAFIN), Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (BANOBRAS).
·         Servicios: Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (BANJÉRCITO), Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (BANSEFI).

¿Qué operaciones realizan?
Además de las operaciones que lleva a cabo la Banca Múltiple, y de acuerdo con la LIC, los Bancos de Desarrollo pueden realizar las operaciones que sean necesarias para la adecuada atención del sector de la economía que atienden, conforme lo que determinen sus Leyes Orgánicas, así como actuar como bancos de “segundo piso”.

¿Por qué se les dice bancos de segundo piso?
Porque los servicios que ofrece la Banca de Desarrollo pueden ser proporcionados a través de la Banca Múltiple o bancos comerciales, así como de otros intermediarios financieros no bancarios, que quedan en primer lugar ante las empresas o usuarios que solicitan un crédito o un préstamo.

¿Qué ofrece?
La Banca de Desarrollo ofrece:
·         Programas de apoyo.
·         Líneas de financiamiento.
·         Actuar como agente financiero del sector público en la negociación, contratación y manejo de créditos del exterior.
·         Proveer el mercado de valores para canalizar recursos al sector industrial.
·         Brindar asistencia técnica como un servicio complementario a los financiamientos que otorgan.
·         Asesorar proyectos.
·         Promover el ahorro, el financiamiento y la inversión.

Ley que los regula
Los bancos de desarrollo son regulados en primer lugar por sus respectivas Leyes Orgánicas y después por la Ley de Instituciones de Crédito.


Fuente: condusef.gob.mx

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

La recomendación del momento

Trabalenguas para destrabar. Parte 1

Dentro de las muchas cosas que se han compartido en el sitio multimedios de Divinortv son los trabalenguas , que parecerán palabras sin sen...

Lo más popular de la semana