Sociedades Financieras de Objeto Múltiple




Antecedentes.
En el Decreto que reforma varias disposiciones de diversas leyes financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2006, se establece que las autorizaciones otorgadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la constitución y operación de las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles), de Arrendadoras Financieras y Empresas de Factoraje Financiero, continuaría en vigor hasta los siete años después de dicho Diario Oficial, es decir, hasta el 17 de julio de 2013.


A partir de esa fecha, a las sofoles, arrendadoras y empresas de factoraje, les fue otorgado un plazo de siete años para adoptar una la forma jurídica de llamada Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes).

¿A qué obedece esta decisión?
La decisión se tomó para:
·         Desregular la función del crédito, del factoraje y del arrendamiento financiero.
·         Alentar la competencia.
·         Extender el otorgamiento de crédito.
·         Reducir las tasas de interés.

¿Cuáles serán los beneficios?
·         Como se reconoce que el crédito no debe ser actividad exclusiva de las Instituciones Financieras, las arrendadoras y empresas de factoraje recibirán las mismas ventajas fiscales y procesales bajo las que venían operando las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles).
·         Las empresas que se conviertan a Sofomes ya no se verán obligadas a otorgar créditos a un sector específico (como las Sofoles) y también podrán llevar a cabo actividades de arrendamiento y factoraje.

¿Qué eran las Sofoles, las arrendadoras financieras y las empresas de factoraje financiero?
·         Las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles): También llamadas Non Bank-Banks, eran sociedades anónimas autorizadas por la SHCP, cuyo objeto era captar recursos provenientes de la colocación de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores y otorgar créditos para determinada actividad o sector económico.
·         Las Arrendadoras Financieras: Eran instituciones financieras especializadas que autorizadas por la SHCP, para adquirir los bienes (coches, inmuebles, equipo industrial o de trabajo, etc.) que les indicara el arrendatario o bien comprárselos, con el compromiso de dárselos en arrendamiento, otorgándole su uso y goce temporal.
·         Las Empresas de Factoraje Financiero: Eran también sociedades anónimas autorizadas por la SHCP para realizar operaciones de factoraje financiero, consistentes en financiar cuentas por cobrar de sus clientes, relacionados a proveeduría de bienes o de servicios.

¿Qué son las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes)?
Las Sofomes son consideradas como actividades auxiliares del crédito, constituidas como sociedades anónimas que no requieren autorización del Gobierno Federal para el otorgamiento de créditos, así como para llevar a cabo operaciones de arrendamiento financiero (dar bienes en arrendamiento) y de factoraje financiero (adquirir derechos de crédito), sin captar recursos del público.

Las Sofomes están reguladas por la Ley General de Organizaciones y Actividades de Crédito (LGOAAC) y deben contar con un registro vigente ante la CONDUSEF.

¿Cuáles son los tipos de Sofomes?
De acuerdo con la LOAAC, las Sofomes podrán ser:
·         Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades Reguladas (ER).
·         Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (ENR).

Las Sofomes reguladas, son aquellas que mantienen vínculos con:
·         Instituciones de Crédito.
·         Sociedades Financieras Populares (Sofipos) Niveles de operación I a IV.
·         Sociedades Financieras Comunitarias (Soficos) Niveles de operación I a IV.
·         Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (Socaps).
·         Las que emitan valores de deuda a su cargo.
·         Las que obtengan la aprobación de la CNBV.

Las no reguladas, serán aquellas que no se ubiquen en los supuestos mencionados.

Las Sofomes tanto reguladas como no reguladas, deberán proporcionar la información o documentación que les requieran:
·         La SHCP.
·         La CNBV.
·         El Banco de México.
·         La CONDUSEF

Adicionalmente las Sofomes No Reguladas deberán proporcionar a la CONDUSEF la información agregada que esta les requiera para fines estadísticos.


Fuente: condusef.gob.mx

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