Uniones de Crédito




¿Qué son?
Las Uniones de Crédito están reguladas por la Ley de Uniones de Crédito (LUC), y son Instituciones Financieras constituidas con el fin de otorgar financiamiento y condiciones favorables para ahorrar, recibir préstamos y otros servicios financieros.


Estas entidades no proporcionan servicios al público en general, ya que sólo están autorizadas para realizar operaciones con sus socios, con el objeto de llevar el crédito a estratos de la población que, por falta de garantías y recursos, no son sujetos de crédito bancario.

¿Qué se necesita para ser accionista?
Las Uniones de Crédito están constituidas como sociedades anónimas de capital variable, con la correspondiente autorización de la CNBV, quien también se encarga de supervisarlas bajo las normas establecidas en la LUC.

Las acciones representativas del capital social de las uniones de crédito, únicamente podrán ser adquiridas por personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, que realicen actividades económicas en los términos de la legislación fiscal, exceptuando a los gobiernos extranjeros y a las personas físicas que perciban sus ingresos preponderantemente por sueldos o salarios, pensiones o programas de apoyo social.

¿Cómo están clasificadas?
Las uniones de crédito están clasificadas en tres niveles de operación de acuerdo con el capital mínimo suscrito y pagado exigido por la LUC, de acuerdo con lo siguiente:

Nivel I. Capital mínimo equivalente en moneda nacional a 2’000,000 de unidades de inversión.

Nivel II. Capital mínimo equivalente en moneda nacional a 3’000,000 de unidades de inversión.

Nivel III. Capital mínimo equivalente en moneda nacional a 5’000,000 de unidades de inversión.

Lo anterior significa que sólo podrán realizar las operaciones pasivas, activas y de servicios previstas en la LUC que correspondan al nivel en que se encuentren.

¿Qué hacen?
En términos generales dependiendo del nivel en que se encuentren, las uniones de crédito pueden realizar, entre otras, las operaciones siguientes:

·         Reciben préstamos y créditos de sus socios, de fondos privados de financiamiento y de inversión, de entidades financieras, de organismos descentralizados, de gobiernos Federal, estatales, municipales y del Distrito Federal, así como de entidades financieras del exterior y de sus proveedores.
·         Emiten valores.
·         Facilitan a sus socios el uso de crédito y prestan su garantía o aval en los créditos.
·         Practican operaciones de descuento, préstamo y crédito con sus socios.
·         Practican operaciones de factoraje y de arrendamiento financiero.
·         Reciben depósitos para servicios de caja.
·         Actúan como fiduciarios.
·         Adquieren acciones, obligaciones y otros títulos para mantenerlos en cartera.
·         Promueven la organización de empresas para poder asociarse con otros.


Fuente: condusef.gob.mx

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