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Prácticas monopólicas relativas o conductas unilaterales

En un mercado libre, la actividad empresarial se realiza dentro de un proceso competitivo. Sin embargo, en ocasiones las empresas pueden estar tentadas a evitar esta competencia mediante conductas que les permitan establecer sus propias reglas, ya sea acordando de antemano términos que debiera resolver el mercado, como son precios, cantidades, clientes o los resultados de subastas (por ejemplo, en el caso de los carteles), o a través de acciones que realizan empresas dominantes, encaminadas a desplazar indebidamente u obstaculizar la entrada al mercado de otros agentes económicos. Son estas últimas prácticas las que la LFCE denomina prácticas monopólicas relativas.

Sanciones de prácticas monopólicas absolutas

Hay dos tipos de sanciones que la CFC puede imponer cuando detecta que existen prácticas monopólicas absolutas:

• Multas de carácter administrativo.

• La orden de suprimir una conducta por ser una práctica monopólica.

Prácticas monopólicas absolutas

Las prácticas monopólicas absolutas o cárteles son dañinos per se, es decir, en sí mismos. Son las faltas más graves cuando hablamos de competencia. 

El proceso de competencia únicamente funciona cuando los competidores establecen los precios de sus productos de manera independiente. De tal forma que los consumidores al comprar un bien o servicio con base en precio y calidad premian con su elección a quien es más eficiente.

La política de competencia económica

La competencia económica significa rivalidad entre empresas que participan en un mercado aplicando sus mejores estrategias de manera que pueden minimizar sus costos, maximizar sus ganancias y así mantenerse activas e innovadoras frente a otras empresas rivales.

Modelo de Duopolio de Bertrandt









El duopolio o el oligopolio de Cournot tiene un importante punto común con la competencia perfecta: las decisiones de los agentes descansan en las cantidades ofrecidas o demandadas y no en los precios. Implícitamente se supone que estos se forman por otro lado, o que “ajustan” la oferta y la demanda, por medio de una institución como el subastador.

Rivalidad doméstica






La  competencia doméstica es antieconómica porque lleva la duplicidad del esfuerzo e impide que las empresas alcancen economias de escala. Lo ideal para este problema es fortalecer una o dos empresas que pasen a ser los campeones nacionales con escala y fortaleza suficientes para competir contra rivales extranjeros. Dicho de otra manera se trata de fomentar la cooperacion interempresas no obstante algunos adoptan el punto de vista de que la rivalidad doméstica no es importante en el sector mundial.

Tipos de competencia de mercado




El equilibrio entre oferta y demanda no es el único factor para determinar el precio. En casos en que el mercado no esté integrado por infinidad de oferentes y demandantes, sino que la producción y venta de bienes, o incluso su compra, estén controladas por un número reducido de productores o consumidores, la fijación del precio no se define por el equilibrio entre la oferta y la demanda. Por ello, para reconocer los factores que pueden influir en la determinación de precios es también importante distinguir el tipo de competencia, que definirá el tipo de mercado que se establezca para un determinado bien o servicio.

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