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Los cambios sociales en el México moderno

Del campo a la ciudad. De la agricultura a las fábricas. El crecimiento de la población.
En el período 1940 – 1965 hubo un progreso importante en la actividad agrícola, debido a que se extendió la superficie de las tierras cultivadas, al uso de mejores técnicas de cultivo y a las grandes obras de irrigación.

Afores y Siefores. Conceptos Básicos




Términos más usados en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
Afore.
Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) son empresas dedicadas a administrar el dinero que los trabajadores guardan en sus cuentas individuales, así como de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefores), que es en donde se invierten los recursos del seguro de RCV.

Las Afores operan bajo el nuevo sistema de pensiones y tienen como objeto la administración de los recursos del seguro de “retiro, cesantía en edad avanzada y vejez” (RCV), así como de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefores), que es en donde se invierten los recursos del seguro de RCV, a fin de ofrecer al trabajador una mejor pensión en el momento de su retiro.

Entidades Financieras supervisadas por la CONSAR




La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), es la autoridad encargada de supervisar a las entidades del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), que son:
·         Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).
·         Las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (Siefores).

Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro (CONSAR)




Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica y facultades ejecutivas, encargado de coordinar, regular, supervisar y vigilar los sistemas de ahorro para el retiro.

Disposición de Recursos en tu Afore





Ø  Si obtienes una pensión por la Ley del Seguro Social 1973:
Podrás disponer de los recursos de Retiro y de Vivienda 92’ que se hayan depositado antes del 1° de Julio de 1997, en una sola exhibición los recursos del saldo de RCV (Retiro, Cesantía y Vejez), acumulados a partir del 1° de Julio de 1997. Los recursos por Cesantía, Vejez y Vivienda 97’, serán entregados al IMSS para que te pague tu pensión.

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